Cuando nace un bebé hay que realizar una una serie de trámites administrativos. La mayoría pueden hacerse online pero generalmente hay que solicitar cita previa si se desea hacer presencialmente. Por ello es recomendable informarse durante las últimas semanas de embarazo. Tras el nacimiento del bebé el hospital te proporcionará la siguiente documentación que será necesaria posteriormente para realizar algunos trámites:
Este documento deberás terminar de cumplimentarlo antes de ir al registro civil.
Debe estar firmado por el médico o la matrona que ha asistido el parto.
- Impreso rosa: boletín estadístico
- Informe de alta hospitalaria
- Inscripción del bebé en el registro civil
- Alta en el padrón municipal
- Permiso de nacimiento y cuidado del menor
- Alta en el sistema sanitario
- Obtención de la targeta sanitaria
- Deducción por maternidad para madres trabajadoras:
- Famílias numerosas y monoparentales
Inscripción del bebé en el Registro Civil
Entre las 24 horas y los 8 días siguientes al parto.
En caso de fuerza mayor, 30 días.
Documentación
DNI del padre y de la madre
Libro de familia (en caso de que no lo tengáis os lo harán al momento)
Impreso amarillo: Informe médico de maternidad que proporiciona el hospital y que habéis tenido que terminar de rellenar.
Impreso rojo: Boletín estadístico que proporciona el hospital y que habéis tenido que terminar de rellenar.
Listado de registros civiles: clica aquí
Alta en el padrón municipal
Se debe tramitar el alta del bebé en el padrón municipal del ayuntamiento de la población en la que viviréis. Generalmente se trata de un trámite presencial, por lo tanto es recomendable contactar con antelación para saber si hay que pedir cita previa.
Documentación
La documentación requerida depende de cada ayuntamiento, pero en general se solicita:
El libro de familia.
El DNI del padre y/o la madre.
Permiso de nacimiento y cuidado del menor
Popularmente conocida como baja de maternidad/paternidad.
Si se tramita online no será necesario aportar ningún documento pues las administraciones se comunican entre sí.
Solicitud: clica aquí
En caso de tramitar presencialmente será necesario aportar los siguientes documentos:
Informe de alta hospitalaria
DNI de la madre/padre
Libro de familia
En caso de ser trabajador asalariado, certificado de la empresa
En caso de ser trabajador autónomo, últimos 3 recibos del pago de autónomos (los proporciona el banco)
Alta en el sistema sanitario
Para que su hijo o hija tenga cobertura sanitaria debe inscribirse como beneficiario de un asegurado en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o en la Mutualidad que le corresponda, en caso de que seáis titulares de MUFACE , MUGEJU o ISFAS.
GESTIÓN ONLINE
Si se tramita online no será necesario aportar ningún documento pues las administraciones se comunican entre sí.
Solicitud: clica aquí
GESTIÓN PRESENCIAL
Este trámite también corresponde al INSS, por lo tanto puede aprovecharse la cita para solicitar el permiso de nacimiento y cuidado del menor para tramitarlo.
En caso de hacerlo presencialmente será necesario aportar los siguientes documentos:
Libro de familia
Cartilla de la Seguridad Social en la que se inscribirá el bebé o número de afiliación a la seguridad social que puede consultarse en cualquier contrato de trabajo o nómina.
Tarjeta sanitaria de la madre
OBTENCIÓN DE LA TARGETA SANITARIA
Después de obtener el documento acreditativo del derecho a asistencia sanitaria pública que te facilitará el INSS al tramitar el alta en sistema sanitario, tendrás que ir al centro de atención primaria o ambulatorio para solicitar la Tarjeta Sanitaria.
Libro de familia
Certificado de empadronamiento del bebé
documento acreditativo del derecho a asistencia sanitaria pública (obtenido en el paso anterior)
Deducción por maternidad para madres trabajadoras
Las madres trabajadoras pueden percibir 100 €/mes durante 3 años.
Información: clica aquí
Solicitud: clica aquí
Familias numerosa y monoparentales
Las familias numerosas y monoparentales pueden solicitar un carnet acreditativo de dicha condición con los que podrán disfrutar de una serie de ventajas.
En Cataluña se solicita presencialmente u online en "Afers socials"
Familias numerosas: clica aquí
Familias monoparentales: clica aquí
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